INCIBE gestionó 122.223 incidentes de ciberseguridad en 2025

Seguro de ciberseguridad para empresas

Un ciberataque no solo te para el negocio: te deja una factura de recuperación, de responsabilidad frente a tus clientes y, si hay datos personales de por medio, de sanciones. La póliza responde de las tres, con el matiz de que solo cubre las sanciones que sean legalmente asegurables.

Límite de indemnización

100.000 €

desde 324 € al año

300 € de prima + 8 % de IPS

Datos oficiales

El riesgo, en cifras oficiales

Cuatro datos publicados por organismos oficiales españoles y europeos. Cada cifra lleva su fuente para que puedas contrastarla.

122.223
incidentes de ciberseguridad gestionados por INCIBE en 2025, un 26% más que en 2024

Fuente: INCIBE, balance 2025

89%
de los ciberdelitos registrados en España en 2024 fueron estafas informáticas

Fuente: Ministerio del Interior, Informe sobre la Cibercriminalidad en España 2024

8 de cada 10
pequeñas empresas españolas de 10 a 49 empleados no tienen ningún seguro frente a incidentes de ciberseguridad

Fuente: Eurostat, encuesta de uso de TIC en empresas, datos 2022

37%
del importe de las multas de la AEPD en 2024 salió de brechas de seguridad

Fuente: AEPD, memoria 2024

En claro

¿Qué es un seguro de ciberseguridad?

Es la póliza que paga lo que cuesta un ciberataque. No evita que te ataquen —eso lo hacen tus copias de seguridad y tus contraseñas—, pero cubre la factura de después: recuperar los sistemas, los días que tu empresa estuvo parada, la respuesta a una extorsión si te secuestran los datos y lo que tengas que responder frente a tus clientes o frente a la Agencia Española de Protección de Datos.

En el sector se le llama también seguro de ciberriesgo o póliza de ciberriesgos. Es lo mismo.

Coberturas

Qué cubre el seguro de ciberseguridad

Las diez coberturas principales, repartidas en dos bloques, porque en la póliza funcionan de forma distinta: unas responden por lo que pierdes tú, otras por lo que te reclaman terceros.

1

Daños en tu propia empresa

7 coberturas

Pérdidas descubiertas por primera vez durante la vigencia de la póliza y notificadas dentro de ese periodo.

Interrupción de la actividad

La caída del resultado de explotación mientras tu negocio está parado por el ataque: no es la facturación que pierdes, sino el beneficio que dejas de obtener.

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Es una cobertura opcional: comprueba en tus condiciones particulares si la tienes contratada. Lleva además una franquicia temporal, que son las primeras horas de parón por las que no responde.

Interrupción contingente de la actividad

Si quien te para no eres tú, sino un proveedor tecnológico del que dependes.

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Es una cobertura opcional: comprueba en tus condiciones particulares si la tienes contratada.

Destrucción de activos digitales

Recuperar o reconstruir los datos, programas y sistemas que el ataque ha dañado o borrado.

Protección de equipos

Reparar o sustituir los ordenadores, servidores, móviles y demás equipos que el ataque haya dejado inservibles.

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Tiene sublímite propio, que fija tu póliza; el resumen de coberturas de Hiscox lo sitúa en un mínimo orientativo de 20.000 € por incidente y periodo de seguro.

No se acumula con los gastos de mitigación: si el incidente activa esos, esta cobertura no responde.

Extorsión cibernética

Ransomware: cuando te cifran los archivos y piden dinero para devolvértelos.

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Esta cobertura tiene un sublímite propio dentro del límite que contrates: hasta el 50 % de ese límite, según la empresa y el límite que se contrate. El sublímite va dentro del límite, no se suma, y es el máximo por incidente y por periodo de seguro. La cifra exacta la fija tu póliza. Se le aplica la franquicia de la modalidad que contrates.

Cubre el rescate (en dinero o el valor de mercado si piden bienes o servicios) y los honorarios del especialista que negocia.

Para que la cobertura responda, hay que:

  • Avisar a la aseguradora de inmediato, mantenerla informada y tener su consentimiento por escrito antes de pagar ningún rescate.
  • Denunciar ante la Policía o la autoridad competente.
  • Que un especialista informático autorizado por la aseguradora determine que no existe posibilidad técnica de restaurar los datos.
  • Acreditar que la amenaza es real y que se ha intentado evitar el pago.
  • Que un administrador o directivo de la empresa dé su consentimiento al pago.
  • Que el importe del rescate sea proporcional a lo que perderías si no lo pagas.

Ojo a la tercera condición: si tus copias de seguridad permiten recuperar los datos, la póliza paga la recuperación, no el rescate.

Gastos de respuesta a incidentes

Los peritos informáticos, forenses y asesores que entran a resolverlo desde la primera hora, a través del panel de expertos de la aseguradora, con teléfono disponible las veinticuatro horas.

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Si usas ese panel, la contención tecnológica, el asesoramiento jurídico y de comunicación, los gastos de notificación y monitorización y las horas extra de tu personal dedicadas a todo eso van sin franquicia.

También puedes contratar a un especialista de fuera: te lo reembolsan con autorización previa, descontando la franquicia y sin pasar de lo que habría costado su panel.

Pérdida de fondos

El dinero que sale de tu cuenta por un fraude informático.

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Tiene sublímite propio y un tope temporal de hasta 60 días naturales por periodo de seguro, según tus condiciones particulares.

2

Responsabilidad frente a terceros

3 coberturas

Importes que estés obligado por ley a abonar por una reclamación presentada por primera vez durante la vigencia de la póliza.

Responsabilidad por daños a la seguridad y la privacidad

Lo que te reclamen tus clientes o proveedores si sus datos quedaron expuestos por una brecha en tus sistemas.

Multas, recargos y gastos del sector de tarjetas de pago

Las penalizaciones del estándar PCI cuando te abren un procedimiento por incumplirlo, si cobras con tarjeta.

Gastos de defensa y sanciones normativas

Tu abogado frente a la Agencia Española de Protección de Datos, y las sanciones que sean legalmente asegurables.

Aparte de estas, la póliza cubre los gastos de mitigación: lo que gastes, con el consentimiento previo por escrito de la aseguradora, para reducir las pérdidas de un incidente cuando no lo cubra ninguna otra cobertura. Se aplican a todas ellas y tienen sublímite propio, que el resumen de coberturas de Hiscox sitúa en un mínimo orientativo de 30.000 € por incidente y periodo de seguro; la cifra exacta la fija tu póliza.

Letra pequeña

Qué NO cubre

Ninguna póliza de ciberriesgo lo cubre todo, y quien te diga lo contrario no te está contando la letra pequeña. Las exclusiones habituales del mercado tienen que ver con incidentes anteriores a la contratación, con daños causados a propósito y con fallos de seguridad conocidos y no corregidos. Te las explicamos una a una antes de que firmes.

El condicionado recoge veintidós exclusiones. Estas son las que más sorprenden, porque no son las que uno espera:

  1. Fallos de infraestructura ajena:

    si lo que te para es tu proveedor de internet, el suministro eléctrico o las telecomunicaciones. Salvo que haya una filtración de datos alojados en la nube, en servidores remotos o en un centro de procesamiento de datos externo.

  2. Riesgos de la naturaleza:

    terremoto, incendio, inundación, viento y fenómenos similares.

  3. Guerra y operaciones cibernéticas atribuibles a un estado.
  4. Daños materiales y daños personales,

    más allá de la cobertura de protección de equipos.

  5. Incidentes anteriores a la contratación,

    o que ya conocías antes de contratar.

El listado completo te lo entregamos con el condicionado antes de que firmes, y te lo explicamos punto por punto.

Actividades que no se pueden asegurar con esta póliza

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Es distinto de lo anterior: esto no es lo que la póliza deja fuera, sino los sectores a los que la aseguradora no ofrece este producto. Si tu empresa se dedica a alguna de estas actividades, no podemos tramitarlo.

  • Bancos y entidades financieras
  • Aseguradoras y corredurías de seguros
  • Juegos de azar y apuestas
  • Pornografía
  • Alojamiento web y centros de datos
  • Servicios en la nube
  • Pasarelas de pago
  • Servicios gestionados de informática
  • Proveedores de acceso a Internet
  • Operadores de telecomunicaciones
  • Administración pública

Suscripción

Requisitos para poder contratarlo

Este seguro está dirigido a autónomos y pymes con domicilio social en España que dispongan de niveles adecuados de seguridad en sus sistemas. Esto último no es una fórmula vacía: son condiciones concretas que la aseguradora comprueba antes de aceptarte, y que hay que seguir cumpliendo durante toda la vigencia. Si dejas de cumplir alguna tienes que comunicárselo: puede revisar las condiciones o la prima, y si no se lo dices y hay siniestro la indemnización se reduce en proporción. Te decimos cuáles antes de tramitar nada.

Para cualquier empresa

Los dos últimos bloques solo aplican si estás en esos casos.

Si facturas más de 5 millones de euros

Si además quieres la cobertura de suplantación de identidad

Para quién es

¿Para quién es este seguro?

Autónomos y micropymes

Si facturas desde un ordenador, ya tienes algo que perder: la contabilidad, los datos de tus clientes y el acceso a tu banco.

Empresas con datos de clientes

Clínicas, gestorías, despachos, academias, tiendas online. Si guardas datos personales, respondes de ellos ante la AEPD.

Empresas que cobran con tarjeta

Comercios y hostelería con TPV o pasarela de pago: una filtración activa las penalizaciones del estándar PCI.

Asistencia

Respuesta al incidente

El seguro no es solo dinero: es que haya quien se ponga a resolverlo. Entre las coberturas está la de gastos de respuesta a incidentes, que paga los peritos informáticos, forenses y asesores que entran a trabajar desde la primera hora.

La aseguradora tiene un panel de expertos propio —forenses informáticos, abogados y especialistas en comunicación— al que se llega por un teléfono disponible las veinticuatro horas. Cuando el incidente se gestiona a través de ese panel, la contención tecnológica, el asesoramiento jurídico y de comunicación y los gastos de notificación y monitorización van sin franquicia.

La aseguradora no garantiza la capacidad ni el servicio de los expertos de su panel, y también puedes contratar a un especialista de fuera: en ese caso te reembolsa los gastos, con su autorización previa y descontando la franquicia.

Cronología

Qué pasa el día del ataque

Hora 0

Detectas algo raro

Los equipos no arrancan, o aparece una nota pidiendo un rescate. Llamas al teléfono 24 horas del panel de la aseguradora, que es lo que activa la cobertura sin franquicia, y avisas a tu correduría en paralelo.

Primeras horas

Entran los peritos

Un equipo forense determina qué ha pasado, por dónde han entrado y qué datos se han visto afectados. Esto lo cubre la garantía de gastos de respuesta a incidentes.

Antes de 72 h

El reloj del RGPD

Si hay datos personales comprometidos, el artículo 33 del RGPD obliga a notificarlo a la Agencia Española de Protección de Datos en un plazo de 72 horas. La póliza cubre la defensa jurídica. Y tienes siete días para declararle el siniestro a la aseguradora.

Después

La recuperación y la factura

Reconstruir sistemas, recuperar datos y compensar los días de parón. Es la parte que más se alarga y la que más cuesta.

Normativa

El RGPD: la factura que llega después

En 2024 la AEPD impuso 35.592.200 € en sanciones. De ese importe, 13.179.600 € —un 37%— salió de 30 procedimientos relacionados con brechas de datos personales.

Fuente: AEPD, memoria 2024

Un ciberataque con datos personales de por medio deja de ser solo un problema técnico. El artículo 32 del Reglamento (UE) 2016/679 obliga a tener medidas de seguridad adecuadas; el artículo 33 obliga a notificar la brecha a la Agencia Española de Protección de Datos en 72 horas; y el artículo 34 obliga a avisar a los afectados. Incumplirlo se sanciona con hasta 10 millones de euros o el 2% de la facturación anual mundial.

Contexto

NIS2: qué es verdad y qué no

Vas a leer en muchos sitios que la directiva NIS2 ya obliga a tu empresa. Hoy, en España, no es cierto: la directiva europea está en vigor desde 2023 y su plazo de transposición venció el 17 de octubre de 2024, pero España todavía no ha aprobado la ley. De hecho, en julio de 2026 la Comisión Europea llevó a España ante el Tribunal de Justicia de la UE por no haberla transpuesto. El Anteproyecto de Ley de Coordinación y Gobernanza de la Ciberseguridad sigue en tramitación.

Lo que sí está pasando ya, sin esperar a la ley: las grandes empresas obligadas por NIS2 están trasladando esas exigencias a sus proveedores por contrato. Si trabajas para una de ellas, la pregunta por tus medidas de seguridad —y por tu seguro— te va a llegar igual.

Fuente: Comisión Europea, paquete de infracciones de julio de 2026, expediente INFR(2024)0270.

Precio

¿Cuánto cuesta un seguro de ciberseguridad?

Es la pregunta que más nos hacen y la que menos se responde en internet, así que aquí la contestamos. La prima depende de dos cosas: lo que factures y el límite de indemnización que elijas. Elige tu tramo y verás desde cuánto sale.

Sublímite de la cobertura de suplantación de identidad

Incluye la cobertura de suplantación de identidad con un sublímite de 10.000 € y una franquicia desde 1.000 €.

Tarifas orientativas, sujetas a que la aseguradora acepte el riesgo. Los límites y las franquicias de la tabla son los habituales para autónomos y pymes; para empresas mayores se estudian límites superiores. El precio definitivo se confirma al estudiar tu caso. Los importes en grande son un “desde” e incluyen el 8 % del Impuesto sobre Primas de Seguros.

Quiénes somos

Por qué contratarlo con una correduría

Una aseguradora te vende su producto. Una correduría compara el mercado y defiende tu caso cuando hay siniestro, que es cuando de verdad se nota. Somos Solopólizas, correduría inscrita en el Registro Administrativo de Distribuidores de Seguros de la Comunitat Valenciana con clave VS-2018-013. Al frente está Gregorio Garrido, que lleva en seguros desde 2005: agente hasta 2012, corredor a título personal desde entonces y fundador de Solopólizas en 2018, desde Valencia.

Seguro suscrito con

Hiscox

Dónde estamos

Estamos en Valencia

Tenemos oficina física en la Avinguda de l'Oest, 26, en el centro de Valencia. Puedes venir, o resolverlo por teléfono.

Y si trabajas aquí, un dato que conviene conocer: la provincia de València fue en 2024 la tercera de España en número de ciberdelitos registrados, con 24.461, solo por detrás de Madrid y Barcelona.

Fuente: Ministerio del Interior, Informe sobre la Cibercriminalidad en España 2024

Preguntas frecuentes

Todo lo que quieres saber

¿Qué es exactamente un seguro de ciberseguridad?
Es la póliza que paga el coste de un ciberataque: recuperar los sistemas, el negocio parado, la extorsión y la responsabilidad frente a terceros. También se le llama seguro de ciberriesgo.
¿Cuánto cuesta?
Depende de dos cosas: lo que factures y el límite de indemnización que elijas. Para que te hagas una idea, una empresa que factura menos de 100.000 € parte de 300 € al año más impuestos, con un límite de 100.000 €. Te damos tu precio exacto sin compromiso.
¿Cubre el pago de un rescate por ransomware?
La cobertura de extorsión cibernética está incluida y tiene un sublímite propio dentro del límite que contrates: hasta el 50 % de ese límite, según la empresa y el límite que se contrate. Ese sublímite va dentro del límite, no se suma, y es el máximo por incidente y por periodo de seguro; la cifra exacta la fija tu póliza. Se le aplica la franquicia de la modalidad que contrates. Cubre el rescate —en dinero, o el valor de mercado si piden bienes o servicios— y los honorarios del especialista que negocia. Ahora bien, las condiciones son estrictas: hay que avisar a la aseguradora de inmediato y tener su consentimiento por escrito antes de pagar nada, denunciar ante la Policía, acreditar que la amenaza es real, que un administrador o directivo autorice el pago, que el rescate sea proporcional a la pérdida y, la que más pesa, que un especialista autorizado por la aseguradora determine que no hay forma técnica de restaurar los datos. Si tus copias de seguridad permiten recuperarlos, la póliza paga la recuperación y no el rescate.
¿Qué franquicia tiene?
La franquicia depende del límite que contrates: desde 500 € en los límites de 100.000 y 150.000 €, y desde 1.000 € a partir de 300.000 €. Son las de referencia; la tuya la fijan tus condiciones particulares. Si el siniestro activa varias coberturas a la vez, se paga una sola franquicia, la más alta de las que apliquen. Y si contratas la cobertura de interrupción de la actividad, esa lleva además una franquicia temporal, que son las primeras horas de parón por las que la póliza no responde y que fijan tus condiciones particulares.
¿Qué límite de indemnización puedo contratar?
Los habituales van desde 100.000 € hasta 2.000.000 €: 100.000, 150.000, 300.000, 600.000, 1.000.000, 1.500.000 y 2.000.000 €. No es una escala cerrada: según el tamaño de la empresa y el riesgo se pueden estudiar límites mayores. Es un límite agregado: el máximo total que paga la póliza por el conjunto de todas las coberturas en la anualidad, no por cada siniestro. Los sublímites de cada cobertura van dentro de él, no encima, y esos sí son el máximo por incidente y por periodo de seguro. No todos los límites están disponibles para todas las empresas: hasta 250.000 € de facturación el límite habitual llega hasta 600.000 €, y por encima de 10.000.000 € se empieza a contratar desde 300.000 €.
¿Vale si mi empresa está fuera de la Comunitat Valenciana?
Sí. Tramitamos el alta en toda España. El producto va dirigido a autónomos y pymes con domicilio social en España; nuestra correduría está en Valencia, pero la mediación no se limita a la Comunitat Valenciana.
¿Dónde estoy cubierto?
Son dos cosas distintas y las dos las fijan tus condiciones particulares. El ámbito territorial —dónde puede ocurrir el incidente— puede ser España, Europa, o todo el mundo excepto Estados Unidos y Canadá. El ámbito jurisdiccional —dónde te pueden reclamar— tiene una opción más: España, Europa, todo el mundo excepto Estados Unidos y Canadá, o todo el mundo. El material comercial de la aseguradora indica que por defecto el ámbito es mundial. Te lo concretamos antes de contratar.
¿Hay periodo de carencia?
No hay carencia general desde la firma. La póliza cubre los incidentes descubiertos por primera vez durante la vigencia y notificados en plazo. Lo que no entra es lo anterior a la contratación y lo que ya conocías antes de contratar.
¿Qué medidas de seguridad me van a pedir?
Seis, si eres una pyme normal: no usar software sin soporte del fabricante y actualizarlo, antivirus incluido, en 30 días como máximo, o en 15 si el parche es crítico; hacer copias de seguridad completas al menos cada 7 días, en soportes desconectados de tus sistemas o en la nube con verificación en dos pasos; conservar las copias semanales del último mes; tener la verificación en dos pasos activada para el acceso remoto a cualquier sistema, no solo al correo; que cada empleado acceda solo a lo que necesita y se le retire el acceso al irse; y no haber tenido en los últimos 24 meses ningún incidente con más de 1.000 € de pérdidas. Si facturas más de 5 millones, o si quieres la cobertura de suplantación de identidad, hay algún requisito más. Los tienes todos detallados más arriba, en el apartado de requisitos.
¿Cubre las multas del RGPD?
La cobertura de gastos de defensa y sanciones normativas incluye la defensa jurídica y las sanciones que sean legalmente asegurables. Conviene saber que no todas las sanciones lo son.
¿Me obliga la ley a tener este seguro?
No. Ninguna norma española obliga hoy a contratar un seguro de ciberseguridad. Lo que sí obliga el RGPD es a tener medidas de seguridad adecuadas y a notificar las brechas en 72 horas, y ahí es donde el seguro ayuda.

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